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Derecho Familiar

Se refiere a las normas de orden público e interés social que regulan y protegen a la familia y a sus integrantes, así como su organización y desarrollo integral, sobre la base del respeto a los derechos de igualdad, no discriminación y respeto a la dignidad humana.

Es la rama del derecho privado que contempla temas relativos a las personas, los bienes, las sucesiones, las obligaciones y los contratos.

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Derecho Civil

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Derecho Penal

Es el conjunto de normas jurídicas por medio de las cuales el estado define las conductas u omisiones que constituyen los delitos, así como las penas y sanciones correspondientes.

Se define como el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones existentes entre las personas y los actos de comercio; así como regulan las actividades entre las empresas y los consumidores.

Cobros 
Cobro Extrajudicial y judicial de cheques, pagarés, letras de cambio, facturas, etcétera.

Recuperación
Cartera Vencida
Prevención de Morosidad en pagos.

Documentación 
Elaboración y revisión de contratos típicos, atípicos y documentos legales.

Mercantil

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Derecho Mercantil

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Derecho Fiscal

Es la rama del derecho público que se encarga de regular las normas jurídicas que permiten al estado ejercer su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares un sufragio en el gasto publico.

Auditorias Fiscales 
Estas pueden abarcar desde depósitos no aclarados hasta la defensa de operaciones calificadas como inexistentes. Estas auditorias requieren de una atención legal  que evita no solo créditos fiscales sino problemas penales.

Buró de Crédito
Realizamos en favor de nuestros clientes la aclaración de créditos y adeudos reportados por el Fisco

Devolución de Impuestos 
Defensa Fiscal

¿Dudas?

Preguntas Frecuentes

Aquellos asuntos e investigaciones iniciados con el sistema penal anterior, continuarán su proceso bajo ese mismo sistema, es decir, que el Ministerio Público, Abogado defensor y Jueces procesarán los casos con la misma modalidad del sistema anterior y los nuevos asuntos con el nuevo sistema.

Para Eso debemos saber la diferencia entre pago de lo indebido y saldo a favor, por lo cual en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación se desprende que las autoridades fiscales devolverán a los contribuyentes las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales, ya sea de un pago indebido, o bien, de un saldo a favor.

Pago indebido: Todas aquellas cantidades que el contribuyente entregó en exceso, es decir, montos que el particular no adeudaba al Fisco Federal, pero que se dieron por haber pagado una cantidad mayor a la que le impone la ley de la materia.

Saldo a favor: No deriva de un error de cálculo, aritmético o de apreciación de los elementos que constituyen la obligación tributaria a cargo del contribuyente, sino que éste resulta de la aplicación de la mecánica establecida en la ley de la materia.

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